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a Nuestras actividades.

Somos parte de la Ley 21.440

Objetivo de la Ley: La Ley 21.440 tiene como objetivo principal incentivar las donaciones a entidades sin fines de lucro que realicen actividades de interés público. Estas actividades pueden incluir áreas como la educación, la salud, la cultura, la ciencia, la tecnología, la protección del medio ambiente, y otros ámbitos que contribuyan al bienestar social.

Donantes: Todos pueden ser donantes bajo esta ley, personas naturales, empresas, sociedades.
Donatarios (quien recibe la donación): Fundaciones, corporaciones, bomberos e iglesias.

Fines: Es muy importante saber que los fines son amplísimos, se incluye desarrollo social, salud, medioambiente, culto, género, infancia, migrantes, pueblos originarios, defensa de animales, entre muchos otros. Incluso si no está en el listado el fin que persigue la organización, se deja la libertad para que el Ministerio de Hacienda incorpore otros fines de interés general.

Beneficio tributario: además del beneficio de no pagar impuesto a las donaciones y no realizar el trámite de insinuación, la donación puede descontarse de gastos.

Tipo de donaciones: pueden ser en dinero o en especies (esto es muy bueno, porque de las otras leyes que existen, muy pocas aceptan donaciones en especies). También establece claramente que las donaciones del extranjero se pueden hacer bajo esta ley.

Qué financia: gastos operacionales, infraestructura, equipamiento, proyectos.

Le da certeza al donante: sobre cualquier error en el procedimiento de la donación, la responsabilidad la tendrá el donatario (no el donante), lo cual baja las barreras para donar porque si hay una sanción será para quien recibió la donación.

OJO: esta ley no reemplaza las leyes que actualmente existen, éstas seguirán existiendo por lo tanto puedes seguir usándolas en paralelo con esta ley nueva.

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